🇲🇽 IVA México · SAT 2026

Calculadora IVA México: Retenciones CFDI, Zona Fronteriza y Declaración SAT

La calculadora de IVA México más completa del 2026. IVA 16% general y 8% fronteriza, retenciones CFDI con desglose exacto para honorarios y arrendamiento, cálculo inverso (¿cuánto cobrar para recibir X pesos netos?) y declaración mensual SAT — todo en una sola herramienta.

IVA 16% GeneralZona Fronteriza 8%Retenciones CFDIRESICO vs Reg. GeneralDeclaración SATPDF + WhatsApp
Datos del cálculo
Precio base o precio con IVA incluido
Tipo de operación y retenciones
Subtotal antes de IVA, o neto que deseas recibir
IVA del mes
Total de IVA en tus facturas de venta del mes
IVA en compras y gastos con CFDI válido del mes
Si clientes morales te retuvieron IVA este mes
Resultado
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Obtén el desglose completo: subtotal, IVA, retenciones y neto a depositar.

Tasas de IVA en México 2026: General, Zona Fronteriza Norte y Tasa Cero

El IVA (Impuesto al Valor Agregado) en México está regulado por la Ley del IVA (LIVA) y administrado por el Servicio de Administración Tributaria (SAT). Para 2026 existen tres tasas vigentes.

TasaAplicaciónEjemplos de operaciones
16%Tasa general — todo el territorio nacionalRopa, electrónicos, servicios profesionales, restaurantes, arrendamiento comercial
8%Zona fronteriza norte y sur — estímulo fiscal DOF 31/12/2025, vigente hasta 31/12/2026Operaciones en Tijuana, Ciudad Juárez, Monterrey (municipios fronterizos), Tapachula
0%Bienes y servicios de primera necesidad o de interés públicoAlimentos básicos sin procesar, medicamentos, agua doméstica, libros, exportaciones

Fórmulas para calcular el IVA en México

Añadir IVA: Precio con IVA = Subtotal × (1 + Tasa)
Ejemplo 16%: $1,000 × 1.16 = $1,160 (IVA = $160)
Ejemplo 8% fronteriza: $1,000 × 1.08 = $1,080 (IVA = $80)

Extraer IVA: Subtotal = Precio Total ÷ (1 + Tasa)
Ejemplo: $1,160 ÷ 1.16 = $1,000 — Error común: NO restar el 16% directamente al total

Retenciones IVA e ISR en México: Honorarios, Arrendamiento y Autotransporte SAT

Cuando una persona moral (empresa) paga a una persona física por determinados servicios, está obligada a retener parte del IVA y del ISR antes de hacer el pago. Es la obligación fiscal que más errores genera en México en la emisión de CFDI.

Tabla de retenciones CFDI 2026 — Art. 1-A LIVA

Tipo de operaciónRetención IVARet. ISR (Reg. General)Ret. ISR (RESICO)
Honorarios profesionales2/3 del IVA = 10.67% del subtotal10% del subtotal1.25% del subtotal
Arrendamiento (no casa-hab.)2/3 del IVA = 10.67% del subtotal10% del subtotal1.25% del subtotal
Arrendamiento casa habitaciónNo aplica (exento de IVA)10% del subtotal1.25% del subtotal
Autotransporte de bienes4% del subtotalNo aplica1.25% del subtotal

Ejemplo práctico: Freelancer factura $10,000 a empresa en CDMX

Honorarios · Régimen General

Neto que recibe el freelancer

Subtotal $10,000 + IVA 16%:

Total Factura: $11,600
(-) Ret. IVA (10.67%): -$1,066.67
(-) Ret. ISR (10%): -$1,000
Neto depositar: $9,533.33
Honorarios · RESICO

Mismo freelancer en RESICO

Subtotal $10,000 + IVA 16%:

Total Factura: $11,600
(-) Ret. IVA (10.67%): -$1,066.67
(-) Ret. ISR (1.25%): -$125
Neto depositar: $10,408.33
Autotransporte

Flete $8,000 a empresa

Subtotal $8,000 + IVA 16%:

Total Factura: $9,280
(-) Ret. IVA (4%): -$320
(-) Ret. ISR: $0
Neto depositar: $8,960

¿Cuánto cobrar para recibir un neto específico? Fórmula inversa

Honorarios (Régimen General, IVA 16%):
Subtotal = Neto ÷ (1 + 16%×⅓ − 10%) = Neto ÷ 0.9533
Para recibir $9,533.33 → Subtotal = $9,533.33 ÷ 0.9533 = $10,000

RESICO (IVA 16%):
Subtotal = Neto ÷ (1 + 16%×⅓ − 1.25%) = Neto ÷ 1.0408
Para recibir $10,408.33 → Subtotal = $10,000

Declaración Mensual de IVA al SAT: Cómo Calcular lo que Debes Pagar

El IVA en México es un impuesto en cascada acreditable: cada mes calculas el IVA que cobraste a tus clientes menos el IVA que pagaste a tus proveedores. La diferencia es lo que pagas al SAT o, si es negativa, tu saldo a favor.

IVA a Pagar = IVA Cobrado − IVA Acreditable − IVA Retenido

Ejemplo mes de junio:
(+) IVA cobrado a clientes: $32,000
(−) IVA pagado en compras: $18,500
(−) IVA retenido por clientes: $5,300
= IVA a pagar al SAT: $8,200

Fecha límite: día 17 del mes siguiente (en sat.gob.mx → Declaraciones y Pagos)

Requisitos del IVA Acreditable (Art. 5 LIVA)

Para acreditar el IVA pagado a proveedores necesitas que: el gasto sea estrictamente indispensable para tu actividad; el IVA esté expresamente desglosado en un CFDI válido ante el SAT; y el pago al proveedor haya sido efectivamente realizado en el período que declaras. IVA de compras no pagadas no es acreditable.

01

Concilia tus CFDIs cada mes

Descarga tu XML desde el portal SAT y compara con tus registros. Las discrepancias generan requerimientos y auditorías.

02

Registra retenciones recibidas

El IVA que clientes te retuvieron reduce tu IVA a pagar. No lo olvides: se resta del IVA cobrado en la declaración mensual.

03

Saldo a favor: actúa rápido

Si tienes saldo a favor, compensa o solicita devolución. No lo dejes acumular sin tramitar: tiene plazos y requisitos formales.

Preguntas Frecuentes sobre el IVA en México

¿Cuánto es el IVA en México en 2026? +
El IVA general en México es del 16% y aplica en todo el territorio nacional. La tasa reducida del 8% aplica en municipios de la zona fronteriza norte y sur, con estímulo fiscal vigente hasta el 31 de diciembre de 2026 (Decreto DOF 31/12/2025). Alimentos básicos no industrializados, medicamentos y exportaciones aplican tasa 0%.
¿Qué municipios tienen IVA al 8% en la frontera norte? +
La tasa del 8% aplica en municipios fronterizos de Baja California (Tijuana, Mexicali, Tecate, Ensenada), Sonora (San Luis Río Colorado, Nogales, Caborca), Chihuahua (Ciudad Juárez, Ojinaga), Coahuila (Acuña, Piedras Negras), Tamaulipas (Nuevo Laredo, Matamoros, Reynosa) y la franja fronteriza sur (Tapachula entre otros). El contribuyente debe estar inscrito en el padrón SAT de beneficiarios.
¿Cuánto se retiene de IVA en honorarios profesionales? +
Cuando una persona moral paga honorarios a una persona física retiene 2/3 partes del IVA trasladado (equivale al 10.6667% del subtotal con IVA 16%). Además retiene 10% de ISR si tributa en Régimen General o 1.25% en RESICO. La retención debe enterarse al SAT antes del día 17 del mes siguiente. Fundamento: Art. 1-A fracc. I LIVA y Art. 106 LISR.
¿Cuál es la diferencia entre IVA trasladado e IVA acreditable? +
El IVA trasladado es el que cobras a tus clientes en tus facturas de venta. El IVA acreditable es el que pagas en tus compras con CFDI válido. Cada mes declaras la diferencia: si cobras más de lo que pagaste, hay IVA a pagar al SAT. Si pagaste más, tienes saldo a favor para compensar o devolver.
¿Qué pasa si tengo saldo a favor de IVA? +
Puedes compensarlo contra otras contribuciones federales (art. 23 CFF) o solicitar su devolución al SAT (art. 22 CFF) desde sat.gob.mx. Las devoluciones suelen resolverse en 40 días hábiles. Asegúrate de tener todos los CFDIs correctamente validados y que no haya inconsistencias entre emisor y receptor.
¿El arrendamiento de casa habitación paga IVA en México? +
No. El arrendamiento de inmuebles destinados exclusivamente a casa habitación está exento de IVA (Art. 9 fracc. II LIVA). Sin embargo, si el arrendatario es persona moral debe retener ISR del 10% (o 1.25% en RESICO) sobre la renta mensual. Los inmuebles comerciales u oficinas sí causan IVA al 16% con retención.
¿Cómo se calcula la retención de IVA en autotransporte? +
En autotransporte terrestre de bienes la retención de IVA es del 4% del valor de la contraprestación (del subtotal antes de IVA), conforme al Art. 1-A fracc. II LIVA. Esto es diferente a honorarios donde la retención es 2/3 del IVA. La retención de autotransporte aplica a personas físicas y morales que presten el servicio.
¿Qué diferencia hay entre RESICO y Régimen General en retenciones de IVA? +
La retención de IVA es igual en ambos regímenes: 2/3 del IVA trasladado. La diferencia está en la retención de ISR: Régimen General retiene el 10% del subtotal; RESICO solo el 1.25%. Por eso un freelancer en RESICO recibe significativamente más neto: $10,408.33 vs $9,533.33 sobre una factura de $10,000 de subtotal.
¿Cuándo y cómo debo declarar el IVA al SAT? +
El IVA se declara mensualmente a más tardar el día 17 del mes siguiente al período declarado, mediante el Servicio de Declaraciones y Pagos del portal sat.gob.mx. Si el día 17 cae en fin de semana o día inhábil, el plazo se extiende al siguiente día hábil. El pago puede realizarse vía portal bancario o en ventanilla bancaria.
¿Cómo calcular cuánto cobrar para recibir X pesos netos? +
En la pestaña Retenciones CFDI de esta calculadora, elige el tipo de operación y el régimen fiscal, luego selecciona «Quiero recibir X netos». Ingresa el monto neto deseado y la herramienta calcula automáticamente el subtotal de tu factura. Ejemplo (Régimen General, IVA 16%): para recibir $9,533.33, debes facturar $10,000 de subtotal.
¿Qué productos y servicios tienen IVA 0% en México? +
La tasa 0% aplica a: alimentos básicos no industrializados (frutas, verduras, carnes, leche, granos, huevo), medicamentos de patente, agua potable doméstica, libros y revistas, exportaciones de bienes y servicios, y otros listados en el Art. 2-A LIVA. Aunque la tasa es cero, el IVA existe y debe declararse; además puedes acreditar el IVA de tus insumos.
¿Qué es el CFDI y por qué es esencial para el IVA? +
El CFDI (Comprobante Fiscal Digital por Internet) es la factura electrónica oficial de México. El IVA acreditable de tus compras solo es válido si está expresamente desglosado en un CFDI versión 4.0 timbrado y validado ante el SAT. Sin CFDI válido, no puedes acreditar el IVA pagado. Es obligatorio conservar los CFDIs por al menos 5 años.
¿Cuál es la diferencia entre tasa 0% y estar exento de IVA? +
Con tasa 0% el IVA existe pero es cero: puedes acreditar el IVA de tus insumos y debes declarar mensualmente. Con actividad exenta (como arrendamiento de casa habitación), el IVA no aplica en esa operación y el IVA de gastos relacionados tampoco es acreditable. Esta diferencia impacta directamente el flujo de caja del negocio.
¿Qué ocurre si una empresa no retiene IVA cuando debe hacerlo? +
No retener IVA cuando aplica genera responsabilidad solidaria del retenedor conforme al Art. 26 fracc. I del CFF, así como multas, recargos y posibles auditorías. El SAT detecta inconsistencias al cruzar los CFDIs del proveedor con las declaraciones de la empresa. Verifica siempre el tipo de servicio y el régimen del prestador antes de procesar el pago.
¿Cómo se calcula el IVA en importaciones a México? +
Las importaciones causan IVA al momento de internación al país. La base gravable incluye el valor en aduana más los impuestos de importación (arancel, DTA). El IVA de importación puede ser acreditable si el pedimento está a nombre del contribuyente y cumple los requisitos del Art. 5 LIVA. Este IVA aparece en el pedimento aduanal, no en un CFDI ordinario.
¿Puedo usar esta calculadora para elaborar cotizaciones y propuestas? +
Sí, es uno de sus usos más comunes. Freelancers, consultores y proveedores en México la usan para presentar cotizaciones con el desglose exacto: subtotal, IVA, retenciones y monto neto a depositar. Exporta el resultado en PDF para adjuntarlo a tu propuesta o compártelo por WhatsApp con tu cliente o empresa contratante.

Aviso Legal

Herramienta informativa

Esta calculadora de IVA México es informativa y educativa, basada en la legislación fiscal vigente al momento de su publicación. Los resultados son aproximados. Las tasas y disposiciones fiscales pueden cambiar. Para declaraciones y operaciones fiscales concretas, consulta siempre al SAT o a un Contador Público Certificado (CPC) registrado ante el IMCP.