🇪🇸 España · Art.95 LIRPF · Retención 7%/15% · Tramos IRPF 2026

Calculadora Retención IRPF Autónomos España 2026: Factura 7%/15%, Estimación Renta Anual, RETA por Tramos y Alerta Modelo 130 (Art.95 LIRPF)

La calculadora de retención IRPF para autónomos más completa de España en 2026. Calcula la retención en cualquier factura (7% nuevo profesional o 15% general), simula la distribución de tu factura con IVA, estima tu IRPF anual con tramos progresivos, cuota RETA por tramos de rendimiento neto, y te alerta si cumples la regla del 70% para librarte del Modelo 130. PDF y WhatsApp.

Retención 7% / 15% en facturaTramos IRPF 2026 (19-47%)RETA por rendimiento netoRegla 70% Modelo 130Estimación tipo efectivo realPDF descargable · WhatsApp
📋 Calculadora de Factura
📈 Estimación IRPF Anual
Datos de tu factura
El precio de tu trabajo antes de impuestos. Sobre este importe se calcula el IVA y la retención.
15% General
+3 años actividad
7% Nuevo profesional
Año alta + 2 sig. (optativo)
2% Agrícola
Art.95.4 RIRPF
Sin retención
Actividad empresarial
Desglose de tu factura
📋

Introduce la base imponible y selecciona el tipo de retención y de IVA para ver el desglose completo de tu factura: lo que paga el cliente, lo que ingresa Hacienda y lo que cobras tú realmente.

Recuerda: la retención de IRPF solo aplica cuando el cliente es una empresa, otro profesional autónomo o una Administración Pública. Nunca a particulares.

Datos para estimar tu IRPF anual
Total de tus facturas emitidas sin IVA. No incluyas el IVA.
Alquiler, suministros, material, seguro, gestoría… (sin RETA ni gastos dif.just.)
5.550 € (menos de 65 años). Mayor con hijos o ascendientes a cargo.
Afecta al cálculo del Modelo 130 y al resultado final de la renta (a pagar o a devolver).
ⓘ La calculadora aplica automáticamente: cuota RETA 2026 por tramos de rendimiento neto y gastos de difícil justificación del 7% del rendimiento (máx. 2.000 EUR). Es una estimación: el IRPF real depende de tu comunidad autónoma, deducciones personales y otras rentas.
Estimación IRPF anual autónomo 2026
📈

Introduce tus ingresos y gastos para obtener la estimación completa: IRPF total por tramos, cuota RETA, tipo efectivo real, resultado a pagar o devolver en la renta, y alerta sobre el Modelo 130.

Incluye: gastos de difícil justificación (7% del rendimiento neto, máx. 2.000 €), RETA 2026 por tramos y la comparativa retenciones en factura vs IRPF real.

Retención IRPF Autónomos España 2026: Lo que Hacienda No Te Explica Claramente sobre el 7% y el 15%

Si acabas de darte de alta como autónomo o llevas años siendo profesional independiente, la pregunta sobre la retención de IRPF en tus facturas siempre genera dudas. Y tiene su razón de ser: no es una sola cifra que aplica para todos. El tipo depende de cuándo te diste de alta, qué tipo de actividad realizas, y a quién facturas. Meter la pata aquí puede costarte un disgusto en la declaración de la renta o, peor, una sanción de Hacienda. Por eso esta guía va al grano: qué tipo aplicas, cuándo y cómo calcula el IRPF real de tu actividad año a año.

Qué es exactamente la retención de IRPF en la factura de un autónomo

Cuando una empresa te paga una factura y aplica retención de IRPF, no te está robando dinero. Lo que hace es adelantar a Hacienda un porcentaje del importe en tu nombre. Ese dinero se descuenta de lo que te pagan a ti, pero queda registrado como un pago a cuenta del IRPF que tú liquidas en la declaración anual de la renta. Al hacer la renta, se calcula cuánto debes pagar en total por tus beneficios reales, y se restan todas las retenciones que tus clientes han ido ingresando. Si las retenciones superan lo que debes, Hacienda te devuelve la diferencia. Si se quedaron cortas, pagas lo que falta.

Lo importante es entender que la retención en factura y el pago del IRPF no son lo mismo. La retención es un anticipo; el IRPF es la liquidación final. Los errores vienen de confundirlos o de no calcular bien el tipo efectivo real de tu actividad.

Los cuatro tipos de retención vigentes en 2026 y cuándo aplica cada uno

El artículo 95 del Reglamento del IRPF establece los tipos aplicables a cada situación:

  • 15% — Tipo general: Para autónomos dados de alta en actividades profesionales (sección 2ª del IAE: abogados, arquitectos, diseñadores, consultores, médicos, psicólogos, fisioterapeutas, ingenieros, informáticos, periodistas y similares) con más de tres años de actividad. Es el tipo aplicable a la mayoría de profesionales establecidos en España.
  • 7% — Tipo reducido para nuevos profesionales: Aplicable durante el año natural en el que el contribuyente inicia la actividad y los dos ejercicios siguientes. Es un derecho, no una obligación: el profesional puede optar por usar el 7% o directamente aplicar el 15%. Si se renuncia al 7%, no se puede recuperar. Requiere comunicación expresa al pagador en la propia factura.
  • 2% — Actividades agrícolas y forestales: Tipo específico para actividades ganaderas y agrícolas. Existen algunos subtipos al 1% para ganadería de engorde de porcino y avicultura.
  • 0% — Actividades empresariales (sección 1ª IAE): Los fontaneros, electricistas, peluqueros, comerciantes, hosteleros y demás actividades empresariales no aplican retención en sus facturas, aunque sí tributan por IRPF y generalmente deben presentar el Modelo 130 trimestral.

Un detalle crítico que muchos pasan por alto: la retención solo aplica cuando el cliente es una empresa, profesional autónomo, Administración Pública u organismo oficial. Nunca se aplica retención de IRPF en facturas a particulares (personas físicas que no ejercen actividad). Esto confunde a muchos nuevos autónomos que incluyen retención en todas sus facturas sin saber que están cometiendo un error.

Tramos del IRPF 2026 en España: cómo funciona realmente el impuesto progresivo

Un aspecto que genera mucha confusión entre los autónomos es creer que si ganas 40.000 euros, pagas el 37% de IRPF sobre esos 40.000. El IRPF es un impuesto progresivo por tramos: cada euro tributa al tipo del tramo en el que se encuentra, no al tipo del último tramo alcanzado. Los tramos estatales de 2026 son:

  • De 0 a 12.450 €: 19%
  • De 12.450 € a 20.200 €: 24%
  • De 20.200 € a 35.200 €: 30%
  • De 35.200 € a 60.000 €: 37%
  • De 60.000 € a 300.000 €: 45%
  • Más de 300.000 €: 47%

A estos tramos estatales se suman los autonómicos, que varían por comunidad. El resultado es el tipo efectivo real, que siempre es inferior al marginal. Un autónomo con una base liquidable de 30.000 euros tributa al 19% los primeros 12.450, al 24% los siguientes 7.750 y al 30% los últimos 9.800. Su tipo efectivo real sobre la base liquidable es aproximadamente el 24%, no el 30%.

RETA 2026: cuotas por tramos de rendimiento neto real

Desde enero de 2023, los autónomos cotizan a la Seguridad Social en función de su rendimiento neto real previsto, no por la base mínima que cada uno elegía antes. En 2026 hay 15 tramos. Los más habituales: rendimiento neto mensual menor de 670 euros paga 230 euros al mes; entre 670 y 900 euros, 260 euros; entre 1.700 y 1.850 euros, 350 euros; entre 2.030 y 2.330 euros, 390 euros. El tramo máximo (rendimiento neto superior a 6.000 euros mensuales) paga 590 euros al mes. Estas cuotas son 100% deducibles del IRPF y reducen directamente el rendimiento neto de la actividad.

La regla del 70% y el Modelo 130: cuándo te libras de la declaración trimestral

El artículo 99.7 de la LIRPF establece que los autónomos en estimación directa están exentos de presentar el Modelo 130 (pagos fraccionados trimestrales) si durante el ejercicio anterior más del 70% de sus ingresos totales de actividades económicas procedieron de clientes que practicaron retención de IRPF. En la práctica, esto significa: si facturas casi exclusivamente a empresas con retención del 15%, Hacienda ya recibe trimestral y automáticamente los anticipos del impuesto a través de esas retenciones, y no necesitas hacer el Modelo 130 tú mismo. Si facturas a particulares o tienes una actividad empresarial sin retención, el Modelo 130 es obligatorio y debes ingresarlo en los primeros 20 días de abril, julio, octubre y enero.

Cómo Funciona esta Calculadora de IRPF para Autónomos en España

Esta herramienta tiene dos módulos independientes. La Calculadora de Factura calcula en tiempo real el desglose completo de cualquier factura: base imponible, IVA repercutido (21%, 10%, 4% o exento), retención de IRPF (0%, 2%, 7% o 15%) y el neto que realmente cobras tú. El gráfico circular muestra la distribución visual de cada euro. La Estimación de IRPF Anual calcula la liquidación estimada del IRPF para el ejercicio 2026 completo: aplica automáticamente la cuota RETA por tramos de rendimiento neto, los gastos de difícil justificación (7%, máximo 2.000 euros), el mínimo personal del contribuyente y los tramos progresivos del IRPF estatal. El resultado muestra el IRPF anual total, el tipo efectivo real, el neto disponible anual y si te saldrá a pagar o a devolver según las retenciones que hayas soportado en tus facturas. Además, el sistema detecta automáticamente si cumples la regla del 70% para liberarte del Modelo 130.

Qué datos necesitas para calcular tu retención de IRPF

Para la calculadora de factura: la base imponible de tus servicios (el precio sin impuestos), el tipo de retención que corresponde (7% si eres nuevo profesional, 15% si llevas más de 3 años) y el tipo de IVA aplicable a tu actividad. Para la estimación anual: tus ingresos brutos anuales sin IVA, una estimación de tus gastos deducibles sin incluir la RETA (que se calcula automáticamente) y si el receptor de tus facturas practica retención o facturas también a particulares.

Cómo interpretar el resultado de la estimación anual

El resultado a pagar o a devolver en la renta compara el IRPF calculado con las retenciones acumuladas en el año. Si el IRPF real es mayor que las retenciones, el exceso se paga al presentar la declaración en abril-junio del año siguiente. Si las retenciones superan el IRPF, Hacienda devuelve la diferencia. El tipo efectivo real que muestra la calculadora es el porcentaje del IRPF total sobre tus ingresos brutos, que siempre será inferior al tipo marginal del tramo más alto al que llegas.

3 Ejemplos Reales de Retención IRPF para Autónomos en España en 2026

Madrid · 1er año · 7%

Diseñadora gráfica, 2º año de actividad, factura a agencia de marketing

Laura se dio de alta como diseñadora freelance en octubre de 2024. En 2026 está en su segundo ejercicio, por lo que puede aplicar el 7% de retención reducida por inicio de actividad (Art.95 LIRPF). Emite una factura de 2.000 euros de base a una agencia de Madrid.

Base imponible: 2.000,00 €
+ IVA 21%: 420,00 €
– Retención IRPF 7%: -140,00 €
Total factura: 2.420,00 €
A cobrar neto: 2.280,00 €
La agencia ingresa 140 € a Hacienda
Laura liquida 420 € IVA (Mod.303)
Barcelona · 6 años · 15%

Abogado mercantilista, 6 años de actividad, factura a empresa tecnológica

Javier lleva 6 años como abogado autónomo especializado en contratos mercantiles. Aplica el 15% general. Factura 3.500 euros de base imponible a una empresa de Barcelona por redacción y revisión de contratos de distribución. IVA exento (servicios jurídicos según Art.20.1.18 LIVA en determinados supuestos — en este caso aplica 21%).

Base imponible: 3.500,00 €
+ IVA 21%: 735,00 €
– Retención IRPF 15%: -525,00 €
Total factura: 4.235,00 €
A cobrar neto: 3.710,00 €
La empresa ingresa 525 € a Hacienda
Javier liquida 735 € IVA (Mod.303)
Valencia · IRPF anual · 15%

Consultora de marketing digital, estima su IRPF 2026 completo con RETA

Elena factura 48.000 euros anuales brutos, tiene gastos deducibles de 9.000 euros (coworking, software, formación). Aplica 15% de retención en todas sus facturas a clientes empresa. La calculadora estima su IRPF anual con cuota RETA incluida.

Ingresos brutos: 48.000,00 €
(-) Gastos deducibles: -9.000,00 €
(-) Gastos dif.just. (7%): -2.000,00 € (cap)
(-) RETA anual est.: ~-4.680,00 €
Rendimiento neto: ~32.320,00 €
(-) Mínimo personal: -5.550,00 €
Base liquidable: ~26.770,00 €
IRPF estimado: ~5.800,00 €
Tipo efectivo: ~12,1%
Ret. acum. (15%): 7.200 €
Devol. estimada: ~1.400 €

3 Consejos de Expertos para Autónomos sobre el IRPF en España

01

La regla del 70% te libera del Modelo 130: úsala a tu favor

Si trabajas principalmente para empresas y casi todas tus facturas llevan retención del 15%, lo más probable es que estés exento de presentar el Modelo 130 trimestral (Art.99.7 LIRPF). Para verificarlo: suma todos tus ingresos del ejercicio anterior y calcula qué porcentaje provenía de facturas con retención. Si supera el 70%, no necesitas hacer el trámite trimestral y las retenciones que tus clientes ingresan en tu nombre ya cubren el pago a cuenta del impuesto. Si empiezas a cobrar a particulares o clientes que no practican retención, este porcentaje puede bajar y obligarte a presentar el 130. Revísalo cada año antes de enero. Puedes consultar el detalle en la sede electrónica de la Agencia Tributaria.

02

Elegir el 7% de nuevo profesional no siempre es la mejor decisión de liquidez

El 7% de retención parece lo mejor cuando empiezas porque cobras más dinero en el momento. Pero eso tiene una trampa: esa diferencia entre el 7% retenido y el IRPF real que debes pagar (que puede ser del 15-20% efectivo) la tendrás que pagar tú directamente en la declaración de la renta del año siguiente, y con todos los plazos juntos. Si tus ingresos son altos desde el inicio, el golpe en la renta puede ser considerable. Haz el cálculo estimado de tu IRPF anual con esta calculadora antes de decidir si usar el 7% o ir directamente al 15%. El 7% es un derecho renunciable, pero una vez que lo renuncias no puedes volver a él. La normativa completa está en el BOE y el reglamento del IRPF.

03

Provisiona entre el 30% y el 35% de cada cobro de cliente particular

El error más frecuente entre autónomos que facturan a particulares es gastar el dinero cobrado sin reservar el IRPF. Como no hay retención en esas facturas, todo el dinero te llega a ti, pero tendrás que pagarlo vía Modelo 130 cada trimestre (20% del rendimiento neto del trimestre) y en la declaración anual. La estrategia más efectiva: abre una cuenta de ahorro separada y transfiere automáticamente el 30-35% de cada cobro de particular. No es tuyo todavía: es de Hacienda. Además, consulta con un asesor fiscal tu cotización por tramos en el sistema de la Seguridad Social (seg-social.es) y ajusta la base si cambias de tramo.

16 Preguntas Frecuentes sobre la Retención IRPF para Autónomos en España 2026

¿Qué retención de IRPF debo aplicar en mis facturas como autónomo en 2026? +
15% general si llevas más de 3 años de actividad profesional (sección 2ª IAE). 7% reducido si eres nuevo profesional (año del alta + 2 siguientes, optativo). 2% para actividades agrícolas/forestales. 0% (sin retención) si tu actividad es empresarial (sección 1ª IAE: comercio, hostelería, construcción) aunque sí tributas por IRPF vía Modelo 130.
¿Cuándo NO tengo que aplicar retención en una factura? +
Cuando el cliente es un particular (persona física sin actividad económica): nunca lleva retención. Cuando tu actividad es empresarial (sección 1ª IAE). Cuando el cliente es una empresa extranjera no establecida en España. En estos casos el IRPF lo ingresas tú vía Modelo 130 trimestral.
¿Qué es la regla del 70% y cómo me libra del Modelo 130? +
Art.99.7 LIRPF: si más del 70% de tus ingresos anuales provienen de facturas con retención de IRPF (clientes empresa, otro autónomo, Adm.Pública), estás exento del Modelo 130 trimestral. Las retenciones que tus clientes ingresan ya cubren el pago a cuenta. Si baja del 70%, vuelves a estar obligado.
¿Puedo cambiar del 7% al 15% antes de que se acaben los 3 años? +
Sí, pero con una limitación importante: una vez que renuncias al 7% y pasas al 15%, no puedes volver al 7% en los años restantes del período. Si tienes ingresos bajos los primeros años y no necesitas tanta liquidez inmediata, el 15% con menos sorpresas en la renta puede ser más conveniente. La elección va factura a factura hasta que decides cambiar definitivamente.
¿Cómo se calcula el IVA y la retención en una factura de autónomo? +
Sobre la base imponible: el IVA se suma (lo paga el cliente) y la retención IRPF se resta (la ingresa el cliente en Hacienda). Ejemplo: base 1.000 €, IVA 21% (+210 €), retención 15% (-150 €). El cliente paga 1.210 € en total pero te transfiere 1.060 € (1.210 – 150). Los 150 € de retención los ingresa el cliente en Hacienda en tu nombre.
¿Cuánto IRPF paga un autónomo con 40.000 euros de ingresos? +
Con 40.000 € brutos, gastos de 7.000 €, RETA ~4.200 €/año y mínimo personal de 5.550 €, la base liquidable es aproximadamente 21.250 €. El IRPF resultante por tramos es aproximadamente 4.500-5.200 € (tipo efectivo ~11-13% sobre ingresos brutos). Si soportó retenciones del 15% (6.000 €), le devolverán la diferencia. La estimadora de esta página calcula el importe exacto con tus datos.
¿Qué gastos son deducibles del IRPF como autónomo en estimación directa simplificada? +
Cuota RETA (100%), alquiler del local, suministros en proporción al uso profesional, material y equipos amortizables, gestoría y asesoría, seguros de responsabilidad civil, publicidad, formación relacionada con la actividad, teléfono e internet (50% si mixto), y los gastos de difícil justificación: 7% del rendimiento neto previo, máximo 2.000 €/año (art.30.2.4ª LIRPF, según Ley 6/2017).
¿Cuáles son los tramos del IRPF 2026 en España? +
Tramos estatales: 0-12.450 €: 19%; 12.450-20.200 €: 24%; 20.200-35.200 €: 30%; 35.200-60.000 €: 37%; 60.000-300.000 €: 45%; más de 300.000 €: 47%. Solo la porción de ingresos en cada tramo tributa a ese tipo. El tramo autonómico se suma al estatal. Consulta los tramos autonómicos en la sede electrónica de la AEAT.
¿Cómo afecta la cuota de autónomo (RETA) al IRPF? +
La cuota RETA es 100% deducible como gasto en el IRPF. Reduce el rendimiento neto de tu actividad y por tanto la base imponible. Si pagas 350 €/mes de RETA (4.200 €/año), esos 4.200 € reducen tu base y el IRPF a pagar. Desde 2023 las cuotas son por tramos de rendimiento neto real; puedes ajustar tu base cotización en seg-social.es hasta 6 veces al año.
¿Qué es el Modelo 130 y cuándo debo presentarlo? +
El Modelo 130 es la declaración trimestral de pagos fraccionados del IRPF (estimación directa). Se presenta entre el 1 y el 20 de abril, julio, octubre y enero. El importe es el 20% del rendimiento neto acumulado en el trimestre menos los pagos anteriores. Exento si superas el 70% de ingresos con retención (Art.99.7 LIRPF).
¿Qué pasa si aplico una retención incorrecta en una factura? +
Si aplicas menos retención de la que corresponde, el déficit lo pagas tú en la declaración de renta más posibles intereses. Debes emitir una factura rectificativa. Si aplicas más retención de la debida, el exceso te lo devuelve Hacienda en la renta. Ante la duda, aplica siempre el 15% general; nunca apliques el 7% si no cumples los requisitos de nuevo profesional.
¿Qué diferencia hay entre la retención en factura y el pago del IRPF? +
Son complementarios: la retención es un anticipo del IRPF anual que el cliente ingresa en tu nombre. El pago del IRPF es el resultado de la declaración anual: IRPF total calculado menos retenciones soportadas. Si las retenciones superan el IRPF real, Hacienda devuelve. Si el IRPF supera las retenciones, pagas la diferencia al presentar la renta (abril-junio del año siguiente).
¿Qué es la estimación directa simplificada y puedo usarla? +
Es el régimen más común: se puede usar si el volumen de negocio del ejercicio anterior fue inferior a 600.000 €. Permite deducir todos los gastos justificados más el 7% de gastos de difícil justificación (máx. 2.000 €). La mayoría de autónomos freelance, consultores y profesionales liberales están en este régimen. Si no lo estás, la calculadora sigue siendo orientativa.
¿Los autónomos de Canarias tienen los mismos tipos de retención? +
La retención de IRPF en facturas es la misma en todo el territorio nacional: 7% o 15% según el caso. La diferencia está en el IVA: en Canarias se aplica el IGIC al 7% en lugar del IVA. En Ceuta y Melilla aplica el IPSI. Las facturas a clientes en estas zonas no llevan IVA peninsular. La retención de IRPF sigue siendo 7% o 15% según el profesional.
¿Cuándo se hace la declaración de la renta como autónomo en España? +
La campaña de la renta del ejercicio 2026 se realizará entre abril y junio de 2027. Se presenta en la sede electrónica de la AEAT con certificado digital, Cl@ve PIN o borrador por internet. El autónomo puede fraccionar el pago si el resultado es positivo (60% en junio, 40% en noviembre).
¿Cómo provisiono correctamente el IRPF como autónomo? +
La regla práctica: separa el 30-35% de cada cobro bruto en una cuenta aparte. Si facturas a empresas con retención del 15%, ya están adelantando parte; necesitas guardar unos 15-20 puntos porcentuales adicionales para cubrir el tipo efectivo real. Si facturas a particulares (sin retención), guarda el 30-35% completo para el Modelo 130 trimestral y la renta anual. Consulta regularmente la sede de la AEAT.

Aviso Legal y Transparencia Editorial

Herramienta informativa y educativa — consulta la Agencia Tributaria para tu situación concreta

Esta calculadora de retención IRPF para autónomos es una herramienta informativa y de orientación fiscal. Los cálculos se basan en el artículo 95 del Reglamento del IRPF (RD 439/2007), el artículo 99.7 de la LIRPF, los tramos del IRPF estatal 2026 publicados por la Agencia Tributaria, la Ley 6/2017 de Reformas Urgentes del Trabajo Autónomo (gastos de difícil justificación), y la normativa de cotización del RETA desde el 1 de enero de 2023 (real sistema de cuotas por tramos de rendimiento neto). La estimación de IRPF anual es orientativa y no tiene en cuenta: reducciones y deducciones autonómicas, otras rentas del trabajo o del capital, situaciones familiares específicas más allá del mínimo personal básico, o cambios normativos posteriores a la actualización de esta herramienta. Para un cálculo exacto de tu situación fiscal, consulta la sede electrónica de la AEAT en sede.agenciatributaria.gob.es. Para consultas sobre cotización de autónomos, accede a seg-social.es. La normativa fiscal vigente puede consultarse en boe.es. Esta herramienta no constituye asesoramiento fiscal individualizado. Consulta siempre con un asesor fiscal colegiado para decisiones que afecten a tu declaración de la renta.