🇨🇴 IVA Colombia · DIAN 2026

Calculadora IVA Colombia 2026: Tarifas 19%, 5%, ReteIVA y Declaración Bimestral DIAN

La calculadora de IVA Colombia más completa de 2026. Calcula el IVA al 19% general o 5% diferencial, obtén el desglose de ReteIVA para Grandes Contribuyentes y entidades del Estado, y simula tu declaración bimestral con el Formulario 300 de la DIAN, todo en pesos colombianos.

IVA 19% GeneralTarifa 5% ReducidaReteIVA 15%Exentos vs ExcluidosDeclaración Form. 300PDF + WhatsApp
Calcular IVA Colombia
Precio base sin IVA, o precio total con IVA incluido
ReteIVA — Art. 437-1 Estatuto Tributario
Subtotal antes de IVA según la factura electrónica DIAN
Declaración Bimestral IVA — Formulario 300
Suma del IVA cobrado a todos tus clientes en el bimestre
IVA de compras con factura electrónica válida ante la DIAN
ReteIVA que te descontaron tus clientes agentes retenedores
Resultado
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Obtén el desglose completo en formato factura electrónica DIAN con IVA, ReteIVA y totales en pesos colombianos.

Contenido Educativo sobre el IVA en Colombia: Estatuto Tributario, DIAN y Factura Electrónica

El IVA en Colombia, oficialmente llamado Impuesto sobre las Ventas, no es simplemente un porcentaje que se suma a cada transacción. Es un impuesto multietapa al valor agregado, regulado por el Estatuto Tributario Nacional (ET) desde los artículos 420 hasta 513, y administrado por la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN). Entender su estructura real hace la diferencia entre una empresa que optimiza su flujo de caja y una que paga de más sin saberlo.

Desde la Ley 1819 de 2016, la tarifa general en Colombia es del 19%, aumentada desde el 16% previo como parte de la reforma tributaria estructural del gobierno Santos. Hoy, esa tarifa sigue vigente para la inmensa mayoría de bienes y servicios que se venden, se importan o se prestan en territorio colombiano. Pero lo que muchos empresarios, emprendedores y comerciantes no saben es que existen dos tarifas adicionales y una categoría especial que cambia radicalmente cómo se contabiliza el impuesto.

Las tres tarifas del IVA en Colombia más los bienes excluidos

El sistema de IVA colombiano clasifica todos los bienes y servicios en cuatro categorías. Conocerlas en detalle no es un asunto de contadores: es dinero que puede quedarse en el bolsillo de tu negocio o irse a la DIAN innecesariamente.

CategoríaTarifaDerecho a descontableEjemplos
Gravados general19%Ropa, tecnología, servicios profesionales, maquinaria, vehículos
Gravados diferencial5%Huevos, café sin tostar, computadores <50 UVT, maquinaria agrícola, motos ≤200cc
Exentos0%Sí (devolucion posible)Exportaciones, carne, pollo, pescado, leche, libros, medicamentos esenciales
ExcluidosNo aplicaNoServicios financieros, donaciones, servicios médicos hospitalarios, educación formal

La distinción entre exentos y excluidos es la más importante y la más malentendida. Ambas categorías no pagan IVA al consumidor final, pero el tratamiento contable es radicalmente diferente. Un bien exento opera a tarifa cero: el vendedor puede acreditar el IVA pagado en sus insumos y solicitar devolución a la DIAN. Un bien excluido simplemente no entra al mundo del IVA: el vendedor no cobra IVA pero tampoco puede descontar el que pagó en sus materiales. Para una empresa que vende productos excluidos pero usa insumos gravados, esto impacta directamente la rentabilidad.

¿Quiénes son responsables del IVA en Colombia?

Son responsables del IVA, es decir, deben cobrarlo, declararlo y pagarlo a la DIAN, todas las personas naturales o jurídicas que: vendan bienes gravados, presten servicios gravados, o importen bienes al país, siempre que en el año anterior hayan tenido ingresos brutos o patrimonio bruto superiores a 3.500 UVT (aproximadamente $183 millones en 2026, con UVT de $52.374). Quienes no alcancen ese umbral pueden acogerse al Régimen Simple de Tributación (RST) y quedar excluidos del IVA, simplificando su carga administrativa.

Esta clasificación define también si tu empresa actúa como agente retenedor del IVA, lo que nos lleva al concepto que menos entienden los empresarios colombianos y que esta calculadora resuelve directamente: la Retención en la Fuente del IVA (ReteIVA).

La ReteIVA: el concepto que genera más errores en las facturas colombianas

La ReteIVA, regulada por el Art. 437-1 del Estatuto Tributario y modificada por la Ley 2010 de 2019, es un mecanismo de recaudo anticipado. Cuando un comprador designado como agente retenedor de IVA recibe una factura, no le paga al proveedor el 100% del IVA. Retiene el 15% de ese IVA y lo paga directamente a la DIAN. El proveedor solo recibe el 85% del IVA que facturó.

ReteIVA (tarifa general) = IVA facturado × 15%
Con IVA al 19%: ReteIVA = Base × 19% × 15% = Base × 2,85%
Con IVA al 5%: ReteIVA = Base × 5% × 15% = Base × 0,75%

Neto pagado al proveedor = Total factura − ReteIVA
Ejemplo: Factura $1.000.000 base + $190.000 IVA = $1.190.000 total
ReteIVA = $190.000 × 15% = $28.500
Proveedor recibe: $1.190.000 − $28.500 = $1.161.500

Son agentes retenedores del IVA: las entidades del Estado en todos sus niveles, los Grandes Contribuyentes designados por la DIAN (Resolución 000200 de 2024 y sus actualizaciones para 2026), los autorretenedores de IVA designados mediante resolución DIAN, y quienes contraten con proveedores sin domicilio en Colombia (en cuyo caso la retención es del 100% del IVA).

La declaración bimestral de IVA y el Formulario 300

El IVA en Colombia se declara bimestralmente mediante el Formulario 300 en el portal MUISCA de la DIAN (muisca.dian.gov.co). Los seis períodos del año son: enero-febrero, marzo-abril, mayo-junio, julio-agosto, septiembre-octubre y noviembre-diciembre. Los vencimientos oscilan entre el día 12 y el 26 del mes siguiente al cierre del período, según el último o penúltimo dígito del NIT del responsable.

La lógica de la declaración es simple pero crítica: IVA a pagar = IVA generado (ventas) − IVA descontable (compras) − ReteIVA recibida. Si el resultado es positivo, pagas ese saldo a la DIAN. Si es negativo, tienes un saldo a favor que puedes imputar al siguiente período, compensar con otras obligaciones tributarias (Art. 815 ET) o solicitar en devolución (Art. 850 ET).

¿Cómo funciona esta calculadora de IVA Colombia?

Esta herramienta fue diseñada para resolver las tres situaciones reales que enfrentan a diario los empresarios, contadores y emprendedores en Colombia. Cada modo opera de forma independiente y entrega un desglose completo en formato de factura electrónica DIAN, con todos los valores en pesos colombianos correctamente formateados.

Modo 1: IVA Simple — Para cualquier transacción comercial

Ingresa el valor, selecciona la tarifa (19%, 5% o 0% exento) y elige si quieres agregar IVA al precio base o extraerlo de un precio total que ya lo incluye. Si el bien es excluido, selecciona esa opción y la calculadora te explica el impacto en el IVA descontable. El resultado muestra el desglose en el formato que aparece en una factura electrónica: base imponible, IVA y total.

Modo 2: ReteIVA — Para Grandes Contribuyentes y entidades del Estado

Ingresa la base imponible (el subtotal antes de IVA), selecciona la tarifa de IVA y el tipo de agente retenedor. La calculadora muestra el desglose completo: total factura, ReteIVA que se retiene, y el neto que el comprador deposita al proveedor. Para proveedores del exterior, la retención es del 100% del IVA. El fundamento legal aparece automáticamente en el resultado.

Modo 3: Declaración Bimestral DIAN — Para el Formulario 300

Ingresa el IVA generado en tus ventas del bimestre, el IVA descontable de tus compras con factura electrónica válida, y opcionalmente la ReteIVA que tus clientes ya te descontaron. La calculadora determina si tienes IVA a pagar o saldo a favor, con las instrucciones para cada caso ante la DIAN.

ModoFórmula principalUso típico
IVA Simple 19%Total = Base × 1,19 o Base = Total ÷ 1,19Compras, ventas, cotizaciones
IVA Simple 5%Total = Base × 1,05 o Base = Total ÷ 1,05Huevos, café, computadores, motos
ReteIVA 15%ReteIVA = Base × 19% × 15% = Base × 2,85%Grandes contribuyentes, Estado
Declaración Form. 300IVA neto = Generado − Descontable − ReteIVA recibidaDeclaración bimestral DIAN

3 Ejemplos Reales de Cálculo de IVA en Colombia

Tres situaciones cotidianas que ilustran cómo aplica el IVA en la realidad del empresario colombiano: en Bogotá, Medellín y Cali, con los valores reales en pesos y las referencias exactas al Estatuto Tributario.

Bogotá · ReteIVA

Gran Contribuyente compra servicios de consultoría

Una empresa clasificada como Gran Contribuyente por la DIAN contrata una consultoría estratégica por $5.000.000 base. El proveedor es persona jurídica responsable de IVA al 19%.

Base: $5.000.000
IVA (19%): +$950.000
Total Factura: $5.950.000
(-) ReteIVA (15%): -$142.500
Neto al consultor: $5.807.500
Medellín · IVA 5%

Distribuidora compra huevos para revender

Una distribuidora de alimentos en Medellín compra 10.000 huevos a un productor avícola. El valor de la factura es $800.000 sin IVA. Los huevos tributan a tarifa del 5% (partida 04.07 del Arancel).

Base: $800.000
IVA (5%): +$40.000
Total Factura: $840.000
IVA descontable: $40.000
Tarifa correcta: 5%, no 19%
Cali · Declaración Form.300

Empresa de manufactura cierra bimestre enero-febrero

Una pyme manufacturera en Cali suma su IVA del primer bimestre: vendió con IVA de $12.000.000, compró insumos con IVA de $7.500.000, y un cliente Gran Contribuyente le retuvo ReteIVA de $850.000.

IVA Generado: $12.000.000
(-) IVA Descontable: -$7.500.000
(-) ReteIVA recibida: -$850.000
IVA a pagar DIAN: $3.650.000

3 Consejos de Expertos para Empresas Colombianas en la Gestión del IVA

01

Nunca confundas excluidos con exentos: son dinero real

Si tu empresa produce o vende bienes excluidos de IVA (como servicios médicos o educación formal) pero usa insumos gravados, ese IVA pagado en compras es un costo irrecuperable. Considera estructurar tu portafolio o cadena de suministro para minimizar este efecto. Un bien exento al 0%, en cambio, te permite recuperar el IVA de insumos vía devolución DIAN, lo cual mejora tu flujo de caja. El análisis debe hacerse antes de definir la actividad comercial, no después.

02

Cuida el IVA descontable: solo cuenta la factura electrónica válida

En Colombia, el IVA descontable solo es válido si está soportado en una factura electrónica debidamente validada ante la DIAN, y si el gasto está vinculado a tu actividad productora de renta gravada. Un recibo de caja, una factura de taquilla o un comprobante de una empresa no habilitada para emitir FE no te da derecho al descontable. Revisa mensualmente que tus proveedores estén habilitados en el portal de la DIAN (dian.gov.co) antes de tomar el IVA como descontable.

03

Conoce tu período de declaración y anticipa el flujo de caja

El mayor error de liquidez en pymes colombianas es no separar el IVA cobrado a los clientes: ese dinero no es tuyo, es del Estado. Abre una cuenta auxiliar o subcuenta contable para apartar el IVA generado bimestre a bimestre. Esto evita que uses ese dinero en operaciones y luego tengas que apalancarte para pagar el Formulario 300. Un empresario de Barranquilla que vende $50 millones bimestrales genera $9,5 millones de IVA cada dos meses: si no lo separa, su declaración se convierte en una crisis de caja.

16 Preguntas Frecuentes sobre el IVA en Colombia

¿Cuánto es el IVA en Colombia en 2026? +
El IVA general en Colombia es del 19%, vigente desde la Ley 1819 de 2016 (Art. 468 del Estatuto Tributario). Existen tarifas adicionales del 5% para bienes de primera necesidad y agropecuarios, y 0% (exentos) para exportaciones, salud y educación. Algunos bienes están excluidos de IVA: no se grava pero tampoco permite descontar el IVA de insumos. La DIAN administra todo el sistema de recaudo a través del portal MUISCA.
¿Qué es la ReteIVA y quién la aplica? +
La ReteIVA (Retención en la Fuente del IVA) es un mecanismo donde ciertos compradores retienen el 15% del IVA antes de pagar al proveedor, y lo pagan directamente a la DIAN. La aplican los Grandes Contribuyentes designados por la DIAN, las entidades del Estado, y los autorretenedores de IVA. Fundamento: Art. 437-1 ET. Para proveedores del exterior sin domicilio en Colombia la retención es del 100% del IVA.
¿Cuál es la diferencia entre bienes exentos y excluidos en Colombia? +
Son categorías radicalmente distintas aunque ambas resultan en no cobrar IVA al cliente. Los bienes exentos (tarifa 0%) sí permiten descontar y solicitar devolución del IVA pagado en insumos. Los bienes excluidos no causan IVA y tampoco permiten descontar el IVA de los costos relacionados. Ejemplos exentos: carne, pollo, leche, libros, exportaciones. Ejemplos excluidos: servicios financieros, educación formal, servicios médicos hospitalarios.
¿Cada cuánto se declara el IVA en Colombia? +
La declaración de IVA en Colombia es bimestral para la mayoría de responsables, mediante el Formulario 300 en el portal MUISCA de la DIAN. Los seis períodos son: enero-febrero, marzo-abril, mayo-junio, julio-agosto, septiembre-octubre y noviembre-diciembre. Los vencimientos van del día 12 al 26 del mes siguiente según el último dígito del NIT. Los Grandes Contribuyentes también presentan bimestralmente. Pequeños responsables con bajos ingresos pueden declarar cuatrimestral.
¿Cómo se calcula el IVA del 19% en Colombia? +
Para agregar IVA: Precio total = Precio base × 1,19. Ejemplo: $1.000.000 × 1,19 = $1.190.000. Para extraer IVA de un precio que ya lo incluye: Base = Total ÷ 1,19 = $1.190.000 ÷ 1,19 = $1.000.000. IVA = Total – Base = $190.000. Error muy común: aplicar el 19% directamente sobre el precio con IVA incluido. Si la tarifa es 5%, el divisor correcto es 1,05, no 1,19.
¿Cuál es la tarifa de ReteIVA en Colombia 2026? +
La tarifa general de ReteIVA es el 15% del valor del IVA facturado (Art. 437-1 ET modificado por Ley 2010 de 2019). Esto equivale a retener el 2,85% de la base imponible cuando el IVA es del 19% (0,19 × 0,15 = 0,0285). Para el IVA del 5%, la ReteIVA equivale al 0,75% de la base. Para proveedores del exterior sin domicilio en Colombia, la retención es del 100% del IVA. El Gobierno puede modificar la tarifa mediante decreto hasta un máximo del 50%.
¿Qué productos tienen IVA del 5% en Colombia? +
La tarifa del 5% aplica a: huevos de gallina y codorniz (partida 04.07 del Arancel), café sin tostar, computadores personales y tabletas con precio inferior a 50 UVT (aprox. $2,6 millones en 2026), motos de hasta 200cc, vehículos para personas con discapacidad, ciertas maquinarias agrícolas, planes de medicina prepagada, servicios de turismo en zonas francas, entre otros (Arts. 468-1, 468-3 ET). Consulta siempre la lista actualizada en la DIAN ya que puede variar con reformas tributarias.
¿Qué pasa si tengo saldo a favor de IVA en Colombia? +
Si tu IVA descontable supera el IVA generado en el bimestre, tienes un saldo a favor. Tienes tres opciones: 1) imputarlo automáticamente a la siguiente declaración de IVA, 2) compensarlo con otras obligaciones tributarias ante la DIAN (Art. 815 ET), o 3) solicitar devolución a la DIAN (Art. 850 ET). Los exportadores y productores de bienes exentos tienen derecho a devolución en plazos preferentes según el Art. 855 ET.
¿Qué es el IVA descontable y qué requisitos tiene? +
El IVA descontable es el impuesto pagado en tus compras de bienes y servicios gravados, que restas de tu IVA generado en ventas. Para que sea descontable necesitas: que los bienes o servicios comprados se destinen a actividades gravadas o exentas de IVA, que estén soportados en factura electrónica válida ante la DIAN, y que cumplan los requisitos del Art. 485 del ET. El IVA de compras para actividades excluidas o personales no es descontable.
¿El restaurante cobra IVA o impoconsumo en Colombia? +
Los restaurantes y bares en Colombia cobran el Impuesto Nacional al Consumo (INC) del 8%, no IVA (Art. 512-1 ET). El INC no genera IVA descontable para el establecimiento ni para el cliente. Esta es una de las confusiones más comunes: el 8% que ves en la factura del restaurante es impoconsumo, no IVA. Los servicios de catering empresarial o servicio de comidas en empresas bajo contrato sí pueden estar sujetos a IVA del 19% dependiendo de la modalidad contractual.
¿Cómo funciona el IVA en importaciones a Colombia? +
Las importaciones pagan IVA sobre la base gravable aduanera, que incluye el valor CIF (costo, seguro y flete) más los aranceles. La tarifa es la misma que para bienes nacionales equivalentes (19% o 5%). Este IVA se liquida en la declaración de importación (Formulario 500 DIAN) y puede ser descontable si el importador es responsable de IVA y el bien se destina a actividades gravadas o exentas (Art. 491 ET).
¿Quiénes son responsables del IVA en Colombia? +
Son responsables del IVA las personas naturales o jurídicas que vendan bienes gravados, presten servicios gravados o importen bienes, y que en el año anterior hayan tenido ingresos o patrimonio bruto superiores a 3.500 UVT (aproximadamente $183 millones en 2026, con UVT $52.374). Quienes no superen ese umbral pueden inscribirse en el Régimen Simple de Tributación (RST) y quedar excluidos de la obligación del IVA, simplificando su carga fiscal.
¿Cuándo no aplica la ReteIVA en Colombia? +
La ReteIVA no aplica cuando: el proveedor es él mismo un Gran Contribuyente (ellos autoliquidan), el proveedor es autorretenedor de IVA designado por la DIAN, el bien o servicio está excluido de IVA (no hay IVA que retener), o la operación está entre responsables donde ninguno tiene obligación de retener según las normas específicas. El agente retenedor siempre debe verificar si el proveedor está listado en la Resolución de Grandes Contribuyentes DIAN antes de aplicar retención.
¿Qué es el Formulario 300 de la DIAN? +
El Formulario 300 es la declaración de IVA oficial en Colombia. En él registras el IVA generado en ventas, el IVA descontable de compras, las retenciones de IVA que te practicaron, y calculas el saldo a pagar o a favor. Se presenta bimestralmente en el portal MUISCA de la DIAN (muisca.dian.gov.co). Una declaración presentada sin pago se considera ineficaz según el Art. 580-1 ET, lo que genera sanciones por extemporaneidad sobre el valor total.
¿Puede una empresa colombiana descontar el IVA de servicios recibidos del exterior? +
Sí, con condiciones. Cuando contratas servicios de un proveedor extranjero sin domicilio en Colombia, tu empresa colombiana debe liquidar y pagar el IVA del 19% por importación de servicios (Art. 437-2 numeral 3 ET) y retener el 100% del IVA al proveedor. Ese IVA autoliquidado puede ser descontable en tu declaración si los servicios se destinan a actividades gravadas o exentas y cumples los requisitos formales del Art. 485 ET.
¿Cómo se usa esta calculadora para cotizaciones y presupuestos comerciales? +
En el Modo 1 (IVA Simple), ingresa tu precio base, selecciona la tarifa correcta (19% para servicios profesionales y la mayoría de bienes, 5% si vendes bienes de la lista diferencial) y elige agregar IVA. El resultado muestra el desglose en formato de factura electrónica: base, IVA y total. Si eres proveedor de un Gran Contribuyente, usa el Modo 2 (ReteIVA) para saber exactamente cuánto recibirás en la transferencia después de la retención. Exporta el resultado en PDF para incluirlo en tu cotización o compártelo por WhatsApp con tu cliente.

Aviso Legal y Transparencia Editorial

Herramienta informativa y educativa

Esta calculadora de IVA Colombia es informativa y educativa, basada en el Estatuto Tributario Nacional y la normativa de la DIAN vigente al momento de su publicación. Los resultados son aproximados. Las tarifas, umbrales y disposiciones tributarias pueden cambiar con reformas legislativas o resoluciones de la DIAN. Para declaraciones, retenciones y operaciones tributarias concretas, consulta siempre la DIAN oficial (dian.gov.co) o a un Contador Público Certificado inscrito ante la Junta Central de Contadores de Colombia. La UVT 2026 referenciada en este contenido es $52.374 según Resolución DIAN 000238 del 15 de diciembre de 2025.