Calculadora de Liquidación Laboral Colombia 2026: Cesantías, Prima, Vacaciones e Indemnización (Código Sustantivo del Trabajo)
La calculadora de liquidación laboral más precisa de Colombia para 2026. Aplica el sistema comercial 360/30 del CST, detecta automáticamente el auxilio de transporte ($249.095) según el SMMLV ($1.750.905), calcula la indemnización Art.64 para ambos rangos salariales y genera el PDF de tu liquidación completa. Decretos 1469 y 1470 de 2025 incorporados.
Ingresa el salario y las fechas del contrato para calcular tu liquidación.
La herramienta detecta automáticamente el auxilio de transporte, calcula todos los componentes del CST y muestra el desglose completo con las fórmulas aplicadas.
Liquidación Laboral en Colombia: Todo lo que Necesitas Saber sobre Cesantías, Prima, Vacaciones e Indemnización según el CST 2026
Terminar un contrato de trabajo en Colombia, ya sea por renuncia, despido o vencimiento, activa una cadena de pagos obligatorios que la ley llama prestaciones sociales. Muchos trabajadores llegan al momento del paz y salvo sin saber exactamente qué tienen derecho a recibir, y algunos empleadores calculan mal los conceptos, especialmente el auxilio de transporte en la base de cesantías. Esta guía explica con precisión, usando las fórmulas exactas del Código Sustantivo del Trabajo, qué le corresponde a cada trabajador colombiano cuando termina su relación laboral.
Los 5 componentes obligatorios de toda liquidación laboral
La liquidación laboral en Colombia siempre incluye cinco conceptos como mínimo. Estos son derechos irrenunciables garantizados por el Artículo 53 de la Constitución Política y desarrollados en el CST:
- Salario pendiente de pago: Los días trabajados en el último período (semana, quincena o mes) que aún no han sido pagados. Se calcula al salario diario vigente.
- Cesantías (Art.249 CST): Un mes de salario por año de servicio. En el régimen actual (Ley 50/1990), el empleador consigna anualmente en un fondo de cesantías y en la liquidación solo paga las cesantías del año en curso.
- Intereses sobre cesantías (Ley 52/1975): El 12% anual sobre el valor de las cesantías del período en curso. No son negociables ni opcionales.
- Prima de servicios (Art.306 CST): Quince días de salario por semestre trabajado. En la liquidación se paga la parte proporcional del semestre en curso (o del año completo si el empleador no ha pagado la prima del semestre anterior).
- Vacaciones compensadas (Art.186 CST): Quince días hábiles por año de servicio. En la liquidación, todos los días de vacaciones acumulados sin tomar se compensan en dinero.
Si el empleador termina el contrato sin justa causa, se suma la indemnización del Art.64 CST. Si hay días de trabajo pendientes de pago, también se incluyen. Todos estos conceptos se pagan al momento exacto de la terminación del contrato, sin plazos adicionales.
Cesantías: el ahorro laboral que muchos trabajadores olvidan monitorear
Las cesantías son la prestación social más importante en Colombia por su valor económico. La fórmula del Art.249 CST es: Cesantías = (Salario + Auxilio de Transporte) × días / 360. El sistema colombiano usa el año comercial de 360 días (12 meses de 30 días exactos) para que todos los meses valgan igual en el cálculo.
Para 2026, el auxilio de transporte es de $249.095 mensuales y se suma a la base de cesantías solo si el salario es igual o inferior a 2 SMMLV, es decir, $3.501.810. Esta regla viene del Art.7 de la Ley 1ª de 1963 y el Art.127 del CST. Si una empresa omite sumar el auxilio a la base de cesantías cuando debería hacerlo, el trabajador recibe menos de lo que le corresponde por ley.
Desde la Ley 50 de 1990, las cesantías se depositan en un fondo (Porvenir, Protección, Colfondos, etc.) antes del 15 de febrero de cada año. Al terminar el contrato, el trabajador retira directamente del fondo las cesantías de años anteriores. La liquidación final solo incluye las cesantías del año en curso (desde el 1 de enero hasta la fecha de retiro). Verifica el saldo de tus cesantías en ugpp.gov.co.
Los intereses sobre cesantías: el 12% que todos tienen derecho a recibir
Los intereses sobre cesantías son una de las prestaciones menos conocidas pero completamente obligatorias. La fórmula es: Intereses = Cesantías × 12% × días / 360. Para un trabajador que acumula $2.400.000 de cesantías en 9 meses (270 días): Intereses = $2.400.000 × 0.12 × 270/360 = $216.000. Si el empleador paga tarde, debe pagar intereses adicionales de mora. La tasa del 12% es fija por ley y no varía con las tasas de mercado.
Prima de servicios y vacaciones: los conceptos que más frecuentemente se calculan mal
La prima de servicios (Art.306 CST) es proporcional al semestre en curso, no al total de días trabajados en el contrato. Si el contrato termina en agosto, la prima se calcula sobre los días trabajados desde julio 1 hasta agosto (el segundo semestre del año). La fórmula: Prima = (Salario + Auxilio) × días del semestre / 360.
Las vacaciones son el único concepto que se calcula SOLO sobre el salario básico, sin incluir el auxilio de transporte: Vacaciones = Salario × días totales / 720. La división por 720 equivale a 15 días / año, donde año = 360 días. Si el trabajador tenía días de vacaciones acumulados de años anteriores, también los cobra en la liquidación al salario actual.
La indemnización por despido sin justa causa: Art.64 CST
Solo corresponde cuando el empleador termina el contrato sin una causa legalmente justificada (las causas justas están taxativamente en el Art.62 del CST). Para contratos indefinidos, hay dos rangos según el salario:
| Salario mensual | Primer año | Años adicionales | Base cálculo |
|---|---|---|---|
| Menos de 10 SMMLV ($17.509.050) | 30 días de salario | 20 días por año adicional (proporcional) | Salario diario |
| 10 SMMLV o más | 20 días de salario | 15 días por año adicional (proporcional) | Salario diario |
Para contratos a término fijo: la indemnización equivale a los salarios que faltaban para vencer el término pactado, con un mínimo de 15 días. Para contratos por obra o labor: equivale a los salarios del tiempo que falte para terminar la obra, mínimo 15 días. El empleador que no pague a tiempo enfrenta la indemnización moratoria del Art.65 CST: un día de salario adicional por cada día de retraso. Consulte sus derechos en mintrabajo.gov.co.
El auxilio de transporte y por qué es crucial para el cálculo correcto
El auxilio de transporte de $249.095 mensuales (Decreto 1470 de 2025) no es salario, pero el artículo 7 de la Ley 1ª de 1963 ordena que se computa para efectos de cesantías y prima de servicios. Este es el error que aparece con mayor frecuencia en los cálculos incorrectos: un empleador que omite el auxilio de las cesantías le está pagando menos al trabajador de lo que establece la ley. Para un trabajador con 2 años de servicio y salario de $2.000.000: si el empleador calcula cesantías solo con el salario, obtendrá $4.000.000. Si incluye el auxilio ($2.249.095 × 720/360 = $4.498.190), la diferencia es de $498.190 que le pertenecen al trabajador. Consulte el código normativo en la calculadora del Ministerio del Trabajo en mintrabajo.gov.co/calculadora.
¿Cómo funciona esta Calculadora de Liquidación Laboral Colombia 2026?
Esta herramienta aplica las fórmulas exactas del Código Sustantivo del Trabajo con los valores oficiales 2026: SMMLV $1.750.905 y auxilio de transporte $249.095 (Decretos 1469 y 1470 de 2025). Detecta automáticamente si tu salario activa el auxilio de transporte y lo aplica correctamente solo a cesantías y prima (no a vacaciones ni indemnización). Usa el sistema comercial 360/30 del CST para igualar todos los meses.
Qué datos necesitas para calcular tu liquidación
Ingresa el salario mensual básico (la herramienta detecta automáticamente el auxilio), las fechas de ingreso y terminación (el sistema calcula el semestre actual para la prima), el tipo de contrato y el motivo de terminación (para determinar si corresponde indemnización). Opcionalmente, agrega los días de trabajo pendientes de pago y los días de vacaciones acumuladas no disfrutadas.
Qué obtienes en el resultado
El resultado muestra si aplica o no el auxilio de transporte con la base correcta, los cuatro KPIs principales, el desglose completo con la fórmula CST utilizada para cada concepto, y una nota sobre la indemnización. El gráfico de donut muestra la composición proporcional de la liquidación. PDF descargable y WhatsApp incluidos.
Intereses = Cesantías × 0.12 × días_servicio / 360 · Ley 52/1975
Prima = (Salario + Auxilio) × días_semestre_actual / 360 · Art.306 CST
Vacaciones = Salario × días_servicio / 720 · Art.186 CST
Indemnización = SD × (30 + 20×años_extra) [si sal < 10 SMMLV] · Art.64 CST
3 Ejemplos Reales de Cálculo de Liquidación Laboral en Colombia
Tres perfiles de trabajadores colombianos con liquidaciones completas, aplicando los valores 2026 del CST, el auxilio de transporte y las fórmulas de cada concepto.
Asistente administrativa, 2 años y 3 meses, salario $2.200.000/mes
Diana trabaja en una empresa de servicios en Bogotá. Su salario no supera 2 SMMLV, por lo que aplica auxilio de transporte. Base: $2.449.095. La empresa la despide sin causa en octubre de 2026.
Cesantías (810/360): $5.510.464
Intereses (12% × 810/360): $1.836.821
Prima (jul-oct, 92 días): $626.133
Vacaciones ($2.200.000 × 810/720): $2.475.000
Indemnización (Art.64): ~$4.107.778
Total liquidación: ~$14.556.196 COP
Analista contable, 5 años exactos, salario $4.500.000/mes (sin aux.)
Andrés trabaja en una firma contadora en El Poblado. Su salario supera 2 SMMLV, por lo que el auxilio NO entra en cesantías ni prima. Renuncia en junio de 2026 con 15 días de vacaciones acumuladas.
Cesantías (1800/360): $22.500.000
Intereses (12% × 1800/360): $13.500.000
Prima (ene-jun, 180 días): $2.250.000
Vacaciones (1800/720 + 15 vac): $12.000.000
Sin indemnización (renuncia)
Total liquidación: ~$50.250.000 COP
Gerente regional, 10 años, salario $18.500.000/mes, despido sin justa causa
Roberto es gerente en una empresa naviera en Barranquilla. Su salario supera los 10 SMMLV. Al ser despedido sin justa causa, la indemnización usa la tabla reducida del Art.64 CST.
Cesantías (3600/360): $185.000.000
Intereses: $222.000.000
Prima + Vacaciones: ~$49.000.000
Indem. (20d + 15d×9años): ~$174.167
Nota: tope 10 SMMLV aplica para ind.
Total estimado: ~$456M+ COP
3 Consejos de Expertos para Trabajadores y Empleadores en Colombia
Verifica siempre la base de cesantías antes de firmar el paz y salvo
El error más frecuente en las liquidaciones colombianas es calcular las cesantías solo sobre el salario básico cuando debería incluirse el auxilio de transporte. Para trabajadores con salario hasta $3.501.810 (2 SMMLV en 2026), el auxilio de $249.095 mensuales debe sumarse a la base de cesantías y prima. Si llevas 2 años con salario de $2.000.000 y el empleador calculó sin el auxilio, te deben aproximadamente $498.000 adicionales en cesantías. El cálculo es sencillo: compara las cesantías que te ofrecen con la fórmula (Salario + $249.095) × días / 360. La diferencia la puedes reclamar ante el Ministerio del Trabajo (mintrabajo.gov.co) antes de firmar el paz y salvo, o fírmalo con salvedad dejando constancia de tu inconformidad.
Monitorea tu fondo de cesantías: las cesantías de años anteriores son tuyas
Bajo el régimen de la Ley 50 de 1990, el empleador debe consignar las cesantías de cada año en un fondo antes del 15 de febrero. Muchos trabajadores no revisan si esto se hizo correctamente. Si el empleador no consignó a tiempo, debe pagar un día de salario por cada día de retraso como sanción. Al terminar el contrato, el trabajador retira directamente del fondo las cesantías acumuladas de años anteriores. Para verificar que el empleador sí consignó, consulta el saldo de tu fondo en su portal digital o solicita el estado de cuenta. Ante irregularidades, la UGPP (ugpp.gov.co) tiene facultad de fiscalización sobre estos aportes. El empleador que no consigna a tiempo a los fondos puede recibir sanciones de hasta 5.000 SMMLV.
Si te despiden sin justa causa, exige la liquidación antes del último día de trabajo
El Art.65 del CST establece que si el empleador no paga la liquidación al momento de la terminación del contrato, debe pagar un día de salario adicional por cada día de retraso (indemnización moratoria). Para un trabajador con salario de $3.000.000, eso es $100.000 adicionales por día de retraso. Si 30 días después no te han pagado, la mora acumulada ya supera los $3.000.000. Muchos empleadores desconocen esta norma o esperan que el trabajador no la reclame. Si enfrentas este problema, la conciliación laboral ante el Ministerio del Trabajo es gratuita y suele resolverse en pocas semanas antes de acudir a un juzgado laboral. Consulta el trámite en mintrabajo.gov.co.
16 Preguntas Frecuentes sobre la Liquidación Laboral en Colombia
¿Qué incluye siempre la liquidación laboral en Colombia?
¿Cómo se calculan las cesantías en Colombia 2026?
¿Cuánto son los intereses sobre cesantías?
¿Qué es la prima de servicios en Colombia y cuánto es?
¿El auxilio de transporte entra en las cesantías?
¿Cuánto es la indemnización por despido sin justa causa?
¿Cuánto vale el SMMLV en Colombia en 2026?
¿Cómo se calculan las vacaciones en la liquidación?
¿Qué es la indemnización moratoria en Colombia?
¿Cuánto tiempo tiene el empleador para pagar la liquidación?
¿Qué diferencia hay entre renuncia y despido para la liquidación?
¿Qué es el sistema comercial 360/30 del CST?
¿Los fondos de cesantías pagan directamente al trabajador?
¿Puedo reclamar si firmé el paz y salvo con la liquidación?
¿Qué es el régimen retroactivo de cesantías en Colombia?
¿Cuánto recibe un trabajador con salario mínimo en la liquidación 2026?
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Aviso Legal y Transparencia Editorial
Herramienta informativa — consulta siempre con un abogado laboralista o el Ministerio del Trabajo
Esta calculadora de liquidación laboral Colombia es una herramienta informativa y educativa. Los cálculos se basan en el Código Sustantivo del Trabajo (Arts.64, 65, 127, 186, 249, 306), la Ley 52 de 1975 (intereses cesantías), la Ley 50 de 1990 (fondos de cesantías), el SMMLV 2026 de $1.750.905 (Decreto 1469) y el auxilio de transporte $249.095 (Decreto 1470 de 2025). Los resultados son estimaciones orientativas basadas en el sistema comercial 360/30 del CST y no tienen en cuenta beneficios extralegales, comisiones o salarios variables, horas extras, recargos nocturnos, descuentos por préstamos en nómina, períodos de suspensión del contrato, o el régimen retroactivo de cesantías (Ley 6 de 1945). Para una liquidación oficial, consulte con un abogado laboralista o acuda a la Inspección del Trabajo del Ministerio del Trabajo (mintrabajo.gov.co). Verifique sus aportes y saldos de cesantías en UGPP (ugpp.gov.co). Legislación consultada en el Sistema Único de Información Normativa de la DIAN (dian.gov.co).