Calculadora RESICO México 2026: ISR Mensual, Retenciones 1.25%/2.5%, Acumulado Anual vs Tope $3.5M (Art.113-E LISR)
La calculadora RESICO más completa de México para 2026. Calcula tu ISR mensual con la tabla oficial del Art.113-E (1% al 2.5%), aplica retenciones del 1.25% por persona moral (Art.113-J) y 2.5% por plataformas digitales, muestra tu acumulado anual vs el tope de $3.5M con alerta semáforo, compara vs Régimen General y aplica la nueva Regla 3.13.34 RMF 2026 para saldos a favor. PDF con papeles de trabajo y WhatsApp.
Introduce tus ingresos cobrados del mes para calcular el ISR RESICO exacto que debes pagar al SAT.
Obtienes: ISR causado por tramo, retenciones acreditables, semáforo del acumulado anual vs $3.5M, ahorro real vs Régimen General y papeles de trabajo listos para el portal SAT.
RESICO México 2026: El Régimen Fiscal Más Barato para Personas Físicas y por qué Aún Muchos Pagan de Más
Si eres profesionista independiente, tienes un pequeño negocio o rentas un inmueble en México y tus ingresos anuales no superan los $3.5 millones de pesos, hay muy pocas razones para no estar en el Régimen Simplificado de Confianza. Las tasas de ISR van del 1% al 2.5% sobre lo que efectivamente cobras, sin necesidad de sumar gastos ni llevar contabilidad electrónica compleja. Comparado con el régimen general, donde las tasas marginales pueden llegar al 35% sobre la utilidad, la diferencia se cuenta en miles de pesos cada mes.
Sin embargo, muchos contribuyentes siguen pagando de más por tres razones principales: no aplican correctamente el tramo que les corresponde, no acreditan las retenciones del 1.25% que ya les hicieron sus clientes empresas, o no aprovechan la nueva Regla 3.13.34 de la RMF 2026 que permite solicitar devoluciones mensualmente. Esta guía te explica exactamente cómo funciona el RESICO, cuánto pagas de ISR según lo que facturas, cómo aplica la retención del 1.25% y del 2.5% en plataformas digitales, y qué hacer para no salir accidentalmente del régimen.
Qué es el RESICO y en qué se diferencia del Régimen General
El RESICO fue creado por el SAT en 2022 con el objetivo de simplificar drásticamente el cumplimiento fiscal de contribuyentes con ingresos moderados. Sus tres pilares son: tasas bajas del 1% al 2.5% en lugar de hasta 35%; sin deducciones (se paga sobre ingresos brutos cobrados, no sobre utilidad); y declaraciones mensuales definitivas sin necesidad de declaración anual en la mayoría de los casos. Está regulado por los artículos 113-E, 113-F, 113-G, 113-H, 113-I y 113-J de la Ley del ISR, más las reglas específicas de la Resolución Miscelánea Fiscal (RMF) que se publica cada año en el DOF.
El intercambio es claro: pierdes la posibilidad de deducir gastos (renta de oficina, sueldos, equipo, insumos), pero a cambio pagas tasas mucho menores. Para actividades con pocos gastos deducibles (servicios profesionales, honorarios, arrendamiento de un inmueble sin gastos altos), RESICO siempre gana. Para negocios con estructura de costos elevada (comercio con inventario grande, producción manufacturera), la comparativa se debe hacer caso por caso.
Tabla oficial del ISR RESICO 2026 (Art.113-E LISR)
La tabla del RESICO 2026 no cambió respecto al 2025 (a diferencia del régimen general, que sí se ajustó por inflación acumulada del 13.21%). Se mantienen los cinco tramos:
| Ingresos mensuales cobrados (sin IVA) | Tasa ISR | ISR aproximado |
|---|---|---|
| Hasta $25,000 | 1.00% | Máximo $250 |
| De $25,000.01 a $50,000 | 1.10% | De $250 a $550 |
| De $50,000.01 a $83,333.33 | 1.50% | De $550 a $1,250 |
| De $83,333.34 a $208,333.33 | 2.00% | De $1,250 a $4,167 |
| De $208,333.34 a $291,666.67 | 2.50% | De $4,167 a $7,292 |
Un punto crítico que confunde a muchos: la tasa no es marginal como en el régimen general. Si cobras $65,000 en un mes, todos esos $65,000 tributan al 1.50%, no solo la parte que excede $50,000. La tasa se aplica al total del mes. Otro punto: el tope mensual de $291,666.67 corresponde al límite anual de $3,500,000 dividido entre 12. Si en un mes específico rebasas ese monto por un proyecto grande, no sales automáticamente del régimen: lo que importa es el acumulado anual.
Retención del 1.25% por clientes persona moral (Art.113-J LISR)
Cuando facturas a una empresa (persona moral con régimen distinto al RESICO), esta está obligada por ley a retenerte el 1.25% del subtotal sin IVA y a entregarlo al SAT en tu nombre. Esta retención funciona como anticipo de tu ISR y se acredita mes a mes contra el ISR causado. Por ejemplo: facturas $40,000 a una empresa. La empresa te transfiere $46,900 ($40,000 base + $6,400 IVA – $500 retención ISR). Los $500 los ingresa la empresa al SAT en tu nombre. Al declarar tu mes, restas esos $500 del ISR causado del mes.
La retención del 1.25% no aplica cuando: el cliente es persona física (no empresa), el cliente es una empresa que también está en RESICO PM (régimen 622), o el pago es por conceptos no comprendidos en el 113-J (por ejemplo, dividendos, intereses financieros).
Retención estandarizada del 2.5% en plataformas digitales
Si generas ingresos por plataformas digitales (Uber, DiDi, Rappi, MercadoLibre, Amazon, Airbnb, Booking, etc.) y estás en RESICO, la plataforma te retiene automáticamente el 2.5% de ISR sobre tus ingresos, según el Artículo 113-A de la LISR. Antes de 2026, la tasa variaba según la plataforma y el tipo de actividad (transporte, entrega, alojamiento, comercio); en 2026 se estandarizó al 2.5% para simplificar. Al igual que la retención del 1.25%, es acreditable contra el ISR mensual del contribuyente RESICO.
El tope anual de $3.5M: la línea que no debes cruzar
Para permanecer en RESICO, tus ingresos totales del año no deben rebasar los $3,500,000 MXN. Esto incluye TODOS tus ingresos por actividades compatibles con el régimen: honorarios profesionales, actividad empresarial, arrendamiento, ventas en plataformas. Si superas el tope aunque sea por un solo peso, el SAT te expulsa al Régimen de Actividades Empresariales y Profesionales (612), donde las tasas son progresivas hasta el 35% sobre utilidad. Además, no puedes regresar al RESICO en el mismo ejercicio.
Por eso es crítico monitorear tu acumulado mes a mes. La calculadora de esta página muestra un semáforo del uso del tope: verde debajo del 70%, amarillo entre 70% y 90%, rojo arriba del 90%. Si ves que te acercas al tope, tienes que decidir estratégicamente qué proyectos aceptar en los últimos meses del año.
¿Cómo Funciona esta Calculadora de RESICO México?
Esta herramienta aplica exactamente la fórmula oficial del Art.113-E LISR con la tabla vigente de la RMF 2026 Anexo 8. Ingresas los ingresos cobrados del mes (sin IVA), el sistema identifica el tramo aplicable, calcula el ISR causado, resta las retenciones del 1.25% que te hicieron tus clientes personas morales y las del 2.5% de plataformas digitales, y muestra el ISR neto a pagar (o el saldo a favor si las retenciones superan el ISR causado). Además, integra tu acumulado anterior del año para monitorear qué tan cerca estás del tope de $3.5M mediante un semáforo visual.
Qué datos necesitas para calcular tu ISR mensual RESICO
Tres datos básicos: el total de ingresos cobrados del mes sin IVA (suma de todos los cobros efectivamente recibidos en el mes, no lo facturado); cuánto de ese total fue de personas morales (empresas que te retuvieron el 1.25%); y tu acumulado anual previo (suma de todos los meses anteriores del año en curso). Si además recibes ingresos por plataformas digitales, marcas el checkbox e ingresas ese monto por separado para aplicar la retención del 2.5%.
Cómo interpretar los resultados
La calculadora muestra: el ISR causado del mes (aplicando la tasa del tramo correspondiente), las retenciones acreditables totales (1.25% PM + 2.5% plataformas), el ISR neto a pagar al SAT o el saldo a favor si tienes derecho a devolución (Regla 3.13.34 RMF 2026), el semáforo del acumulado anual vs $3.5M, el ahorro vs Régimen General y los papeles de trabajo detallados que puedes descargar en PDF para pegar directamente en el portal SAT al declarar.
3 Ejemplos Reales de Cálculo RESICO en México 2026
Diseñadora gráfica freelance, factura $30,000 al mes, 100% a empresas
Karla es diseñadora freelance en CDMX. Cobra $30,000 mensuales de agencias de publicidad (todas personas morales). Su acumulado del año va en $210,000 al llegar a agosto.
Tramo: 1.10% ($25,000-$50,000)
ISR causado: $330
Retención 1.25% PM: -$375
Saldo a favor: $45
(Regla 3.13.34 RMF: devolución mensual)
Acumulado: $240,000 · 6.9% del tope
Consultor de negocios, $65,000/mes, mix PM + PF (particulares)
Roberto es consultor en Guadalajara. En julio 2026 cobró $65,000: $40,000 de una empresa y $25,000 de particulares. Su acumulado anterior era de $350,000.
Tramo: 1.50% ($50,001-$83,333)
ISR causado: $975
Retención 1.25% PM ($40k): -$500
ISR a pagar SAT: $475
Acumulado: $415,000 · 11.9% del tope
vs Rég.General: ~$13,000 (ahorro $12,525)
Vendedora en plataformas, $50,000/mes (Uber + MercadoLibre)
Andrea vende productos por MercadoLibre y también hace viajes en Uber los fines de semana en Monterrey. Total del mes: $50,000 ($35,000 MercadoLibre + $15,000 Uber). Ambas plataformas le retuvieron 2.5%.
Tramo: 1.10% ($25,000-$50,000)
ISR causado: $550
Retención 2.5% plataformas: -$1,250
Saldo a favor: $700
Regla 3.13.34: solicita devolución
vs Rég.General: ~$10,000
3 Consejos de Expertos para Contribuyentes RESICO en México
Monitorea tu acumulado anual cada mes, no solo al final del año
El error más caro de un contribuyente RESICO es descubrir en diciembre que ya rebasó los $3.5 millones. Cuando esto pasa, no puedes hacer nada: el SAT te expulsa del régimen y no puedes volver hasta el ejercicio siguiente (si es que aún calificas). La estrategia correcta es monitorear tu acumulado mes a mes y proyectar. Si en agosto llevas $2.5M acumulados, tienes $1M disponibles para septiembre-diciembre, o sea $250K promedio por mes. Si tienes un proyecto grande de $500K en octubre, sabes que te queda margen de $500K para los últimos dos meses. Si el margen es demasiado ajustado, considera diferir el cobro con CFDI PPD y complementos de pago en enero del siguiente año, cuando el nuevo ejercicio te da $3.5M nuevos. Consulta las reglas específicas en el portal del SAT (sat.gob.mx).
Usa la Regla 3.13.34 RMF 2026 para no dejar tu dinero atrapado
La Regla 3.13.34 de la RMF 2026 es una de las mejores novedades del régimen: permite solicitar devoluciones mensuales de saldos a favor por retenciones excedentes, sin esperar a la declaración anual. Si facturas exclusivamente a personas morales, el 1.25% de retención por cada peso cobrado puede fácilmente superar tu ISR causado del mes (que es solo el 1.00-1.10% si estás en los tramos bajos). Antes de 2026 tenías que dejar ese dinero atrapado hasta que hicieras la declaración anual. Ahora, si tu declaración mensual sale con saldo a favor, solicitas la devolución directamente en el portal del SAT. Para agilizar el proceso, mantén tu Buzón Tributario activo, tu e.firma vigente y tus datos bancarios actualizados en el portal SAT. Detalles del proceso en la RMF 2026 publicada en el DOF.
Cuida los tres detonantes de expulsión automática del RESICO
El SAT tiene tres mecanismos automáticos que te sacan del RESICO sin avisos previos: uno, superar el tope anual de $3.5M (el más obvio); dos, presentar 3 declaraciones mensuales consecutivas omitidas (aunque sean en cero, tienes que presentarlas); tres, no emitir CFDIs durante un ejercicio completo. Además, desde 2026, tener la e.firma vencida o el Buzón Tributario inactivo pueden generar exclusión. Estrategias defensivas: agenda alertas en calendario 5 días antes del día 17 de cada mes; presenta declaración en cero cuando no tengas ingresos (no se puede omitir); renueva tu e.firma antes de que venza (agenda cita en el SAT al menos 2 meses antes); verifica cada trimestre tu Constancia de Situación Fiscal (CSF) en el portal del SAT. Consulta el marco legal en la página de la Cámara de Diputados donde se publica la LISR.
16 Preguntas Frecuentes sobre RESICO Personas Físicas México 2026
¿Qué es el RESICO y quién puede tributar en él en 2026?
¿Cuáles son las tasas RESICO 2026?
¿Ingresos cobrados o facturados?
¿Cómo funciona la retención 1.25% de personas morales?
¿Qué es la retención del 2.5% en plataformas digitales?
¿Qué pasa si supero el tope de $3.5M anuales?
¿La declaración mensual es definitiva o hay declaración anual?
¿Qué es la Regla 3.13.34 RMF 2026?
¿Cuándo se paga la declaración RESICO?
¿Cuánto ahorro vs Régimen General?
¿Puedo estar en RESICO si tengo sueldo y honorarios?
¿Los servicios médicos y honorarios profesionales pueden estar en RESICO?
¿Qué pasa si no presento la declaración mensual?
¿Cómo verifico que estoy en RESICO?
¿El IVA se cobra normal en RESICO?
¿Qué hago si me retienen más ISR del que debo pagar?
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Aviso Legal y Transparencia Editorial
Herramienta informativa — consulta al SAT y a tu Contador Público Certificado para tu situación específica
Esta calculadora RESICO para personas físicas en México es una herramienta informativa y educativa. Los cálculos se basan en el artículo 113-E de la Ley del Impuesto Sobre la Renta (LISR) vigente en 2026 (Anexo 8 de la RMF 2026 publicada en el DOF el 28 de diciembre de 2025), el artículo 113-J de la LISR sobre la retención del 1.25% por personas morales, el artículo 113-A sobre retenciones de plataformas digitales, y la Regla 3.13.34 de la Resolución Miscelánea Fiscal 2026 relativa a devoluciones mensuales de saldos a favor. Las estimaciones son orientativas: el cálculo real de tu declaración mensual depende de la exactitud de los ingresos efectivamente cobrados (no facturados), la correcta clasificación de tus clientes personas morales vs personas físicas, la aplicación de retenciones que aparezcan reflejadas en tus CFDIs recibidos, deducciones personales (si aplica declaración anual voluntaria) y cambios normativos posteriores a la fecha de actualización de esta guía. Para casos concretos, consulta al Servicio de Administración Tributaria en sat.gob.mx, revisa la LISR completa en la Cámara de Diputados, y consulta la RMF 2026 vigente en el Diario Oficial de la Federación. Esta herramienta no reemplaza a un Contador Público Certificado. Consulta siempre con un profesional para decisiones fiscales importantes.